En Rosa Juárez Abogados estamos aquí para ayudarte a salir adelante.
Nos especializamos en delitos de amenazas en Santander y sabemos lo crucial que es contar con alguien de confianza a tu lado cuando te enfrentas a una situación tan delicada.

Abogados amenazas Santander

Rosa Juárez Abogados, Abogados amenazas en Santander

Despacho de abogado especialista en delitos de amenazas en Santander

¿Te han acusado de amenazas en Santander o eres víctima de este delito? Rosa Juárez Bermúdez puede ayudarte.

¿Estás viviendo una situación límite?
¿Sientes miedo, ansiedad o impotencia?
¿No sabes si hablar, cómo actuar o a quién recurrir?

Cuando estás envuelto en un delito de amenazas, ya sea como acusado o víctima, necesitas algo más que un abogado. Necesitas a alguien que te escuche, que entienda el momento que estás atravesando y que se ponga a trabajar desde el primer minuto para protegerte y defender tus derechos.

Soy Rosa Juárez Bermúdez, abogada penalista en Santander, y llevo años ayudando a personas que se enfrentan a situaciones como la tuya. Ya sea porque has sido denunciado injustamente, porque perdiste el control en un momento de tensión, o porque eres víctima y no sabes cómo protegerte… estoy aquí para ayudarte.

Si te acusan de amenazas:


Te explico con claridad en qué situación estás y qué consecuencias puedes enfrentar.

  • Diseñamos una estrategia de defensa desde el minuto uno.

  • Te acompaño en cada paso: comisaría, juzgado, declaraciones…

  • Trabajo para minimizar el impacto legal, personal y profesional en tu vida.

Si eres víctima de amenazas:

  • Te asesoro sobre cómo actuar, denunciar y protegerte.

  • Solicito medidas urgentes si es necesario (alejamiento, protección policial, etc.).

  • Te acompaño durante todo el proceso legal, sin dejarte sola.

  •  Lucho para que se haga justicia y recuperes tu tranquilidad.

No importa si el conflicto surgió en el entorno familiar, laboral o personal. Lo importante es que no estás solo/a en esto.

Escríbeme o llámame. Estoy aquí para ayudarte, sin juzgarte y con toda la firmeza que tu caso necesita.

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Defensa especializada en delitos de amenazas en Santander

¿Qué es el delito de amenazas? Te lo explico fácil.

Si has llegado hasta aquí, probablemente tú o alguien cercano esté viviendo una situación difícil: una denuncia, una citación judicial o muchas dudas sin respuestas claras.

Lo primero que quiero decirte es: tranquilo/a, no estás solo/a. Vamos paso a paso.

El delito de amenazas se produce cuando alguien intimida a otra persona con causarle un daño, ya sea físico, personal, familiar o económico. No hace falta que se llegue a cumplir la amenaza; basta con que la otra persona se sienta intimidada o atemorizada de forma real y seria.

Lo que marca la gravedad del delito es el tipo de amenaza, la intención, y el medio utilizado (verbal, escrita, por redes sociales, etc.).

Algunos ejemplos:

  • Si alguien te dice que te va a hacer daño o a tu familia, y tú lo tomas en serio, puede ser delito.

  • Si te envían mensajes con amenazas por WhatsApp, redes o email, también puede constituir delito.

  • Incluso si fue fruto de un enfado o sin intención real, puede haber consecuencias legales.

El delito de amenazas está regulado en los artículos 169 a 171 del Código Penal, y puede llevar aparejadas penas de multa o prisión, dependiendo del caso.

Ahora bien, cada caso es único. A veces hay denuncias falsas, malentendidos, o simplemente un momento desafortunado que se sale de control. Y lo peor que puedes hacer es actuar sin asesoramiento o quedarte paralizado.

Soy Rosa Juárez Bermúdez, abogada penalista en Santander, especializada en delitos como este. Estoy aquí para ayudarte, explicarte con claridad lo que estás viviendo y construir una estrategia legal desde el primer momento.

¿Tienes dudas? ¿Te han citado o denunciado? Escríbeme. Lo afrontamos juntos, sin juicios ni rodeos.

¿Qué elementos deben cumplirse para que exista un delito de amenazas?

Para que un acto se considere legalmente un delito de amenazas, deben concurrir ciertos elementos esenciales. Son los que permiten a la ley diferenciar este delito de otros como las coacciones o las injurias:

🔹 Existencia de una amenaza
Debe haber una manifestación verbal, escrita, gestual o simbólica que comunique la intención de causar un mal a la persona, a sus bienes o a sus allegados.

🔹 Promesa de causar un mal concreto y serio
La amenaza tiene que referirse a un daño determinado (físico, psicológico, económico, etc.), y debe ser lo suficientemente creíble o grave como para generar temor real.

🔹 Intención de intimidar
No basta con una expresión desafortunada o un enfado pasajero. Tiene que haber voluntad de causar inquietud, miedo o presión a la otra persona.

🔹 Que el destinatario perciba la amenaza como real
La víctima debe sentir que el daño anunciado puede llegar a cumplirse. La percepción del peligro por parte de quien recibe la amenaza es clave.

🔹 Forma en que se realiza
Puede agravar el delito si se hace de forma anónima, por medios tecnológicos (redes sociales, mensajes, correos) o si se exige algo a cambio de no cumplir la amenaza (como dinero, favores, etc.).

¿Cuáles son las penas por amenazas? Te lo explico claro.

Una de las preguntas más habituales cuando alguien llega a mi despacho es:
“¿Qué me puede pasar si me acusan de amenazas?”

Y es normal. El miedo a una condena, una multa o incluso antecedentes penales genera mucha angustia. Por eso quiero explicártelo de forma sencilla, para que entiendas a qué te enfrentas y qué opciones tienes.

La pena por amenazas depende de cómo se hicieron, a quién iban dirigidas y con qué intención. Estos son los escenarios más comunes:

Amenazas leves
Son amenazas que no encajan dentro de los supuestos más graves, pero que igualmente generan miedo o incomodidad.
Pena habitual: multa de 1 a 3 meses
(Suelen juzgarse como delitos leves, pero también pueden dejar antecedentes penales).

Amenazas graves condicionales
Cuando se amenaza con causar un daño serio (físico, económico, etc.) y se exige algo a cambio para no cumplir esa amenaza.
Pena: de 1 a 5 años de prisión, dependiendo de la gravedad del daño y si el objetivo era extorsionar o presionar.

Amenazas sin exigir nada a cambio
Aunque no se pida nada, si el daño prometido es grave y la amenaza es creíble, también se castiga.
Pena: de 6 meses a 2 años de prisión

Amenazas agravadas
Las penas aumentan si:

  • Se hacen con armas u objetos peligrosos.

  • Se dirigen a personas vulnerables (menores, pareja, expareja, etc.).

  • Se realizan por medios tecnológicos (mensajes, redes sociales, etc.).

  • Existe reincidencia o antecedentes penales.

En esos casos, las penas pueden superar los 5 años de prisión.

Si te han acusado de amenazas o estás envuelto en un proceso penal, no estás solo.
Sabemos que el miedo, la incertidumbre y las dudas pueden agobiarte. Pero hay salida, y todo comienza con una defensa sólida y bien orientada.

En Rosa Juárez Abogados, somos especialistas en delitos de amenazas en Santander y estamos aquí para ayudarte desde el primer momento.
Te escuchamos, te orientamos y nos implicamos en tu caso con la seriedad y cercanía que necesitas.